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Vacunación por Covid 19 para mutualistas
INFORMACIÓN GENERAL SOBRE VACUNACIÓN POR COVID 19
SEGÚN EL ESQUEMA DE VACUNACIÓN, adaptado en el cartel a los mutualistas de concertada, cada comunidad autónoma planifica la administración de la vacuna para toda la población. Las actualizaciones de la Estrategia según decisiones de la Comisión de Salud Pública y el Consejo Interterritorial y la llegada sucesiva de diferentes tipos de vacuna hace que en la práctica totalidad se solape la vacunación de grupos de edad, grupos de patologías y de colectivos esenciales.
Para estar al día sobre novedades de vacunación, recomendamos examinar las Actualizaciones en el documento del Ministerio de Sanidad denominado Estrategia Nacional de Vacunación, en el apartado Enlaces..
PERSONAL DESTINADO EN EL EXTERIOR.
Respecto a la administración de vacuna por Covid 19 a mutualistas residentes en el exterior, adscritos al Concierto de Asistencia Sanitaria Exterior. Cualquier duda sobre el proceso debe plantearse en la siguiente dirección de correo: exteriores@muface.es
CERTIFICADOS DE VACUNACIÓN POR COVID 19
El sistema de información del Ministerio de Sanidad sobre vacunación Covid 19, REGVACU, y otras plataformas relacionadas permiten la emisión de certificados de vacunación, pruebas y recuperación, también llamado certificado verde digital de la Unión Europea, válido en el ámbito internacional.
El Ministerio de Sanidad ha habilitado un acceso al certificado digital Covid, que puede obtenerse con certificado digital, Dichos certificados deben solicitarse a las autoridades de salud pública si se precisan, esto es, a las comunidades autónomas, que son las responsables de administrar dicha vacuna.Vea nuestra información autonómica, donde puede averiguar cómo obtener en cada caso el certificado.
En cualquier caso, MUFACE no tiene competencia en la materia ni puede emitir este tipo de certificados, por no poder certificar lo que no está bajo su competencia.
ACTUALIZACIÓN DE DATOS
La obligación de los mutualistas es mantener sus datos actualizados en MUFACE. También para la vacunación por Covid 19 necesita que sus datos de contacto estén actualizados.
Es imprescindible el teléfono móvil,y actualice también su correo electrónico y dirección postal. Por favor, compruebe, y modifique si es necesario por estos medios,que son los únicos admitidos:
* Si la actualización no requiere el cambio de provincia de su dirección postal, puede usted modificar datos usando Cl@ve, certificado digital o DNI-E, mediante el servicio de actualización de datos de nuestra sede electrónica
* Si no tiene identificación electrónica, o en cualquier caso si quiere modificar la provincia (*), rellenando y firmando el impreso AB 1 y enviándolo por correo postal o a través del Regisro Electrónico Común a su Servicio Provincial, o a través de alguna oficina de registro.
(*) AVISO: Los cambios de provincia solo serán tramitados si van acompañados de certificado de empadronamiento o toma de posesión por cambio de destino. EN OTRO CASO, NO SERÁN GESTIONADOS.
RECUERDE: La regla general es que los beneficiarios son vacunados en el lugar de residencia que consta en las bases de datos de la Mutualidad.
Para servir estrictamente a los fines y actuaciones de salud pública generales, los datos identificativos y de contacto del colectivo de MUFACE son cedidos a los departamentos de salud autonómicos. Todos los datos de los mutualistas de entidad concertada han sido cedidos a todos los servicios públicos de salud, con actualizaciones posteriores que se remiten con cadencia mensual. Vea nuestra Actividad de Tratamiento A1 en el apartado sobre Protección de datos de nuestra página web..
Por favor, no llame individualmente al sistema sanitario público excepto cuando se convoquen procesos masivos de vacunación. Salvo que dichas convocatorias existan, cada persona será citada individualmente sin necesidad de contacto previo, según la priorización establecida.
2) CAMPAÑA INTEGRAL DE VACUNACIÓN COVID 19, CONSULTAS, ASPECTOS LEGALES Y ESTRATEGIA DE VACUNACIÓN
ASPECTOS LEGALES
En cuanto a la base normativa del derecho ciudadano, y de acuerdo con lo indicado por el Ministerio de Sanidad a todas las comunidades autónomas
El ordenamiento jurídico vigente reconoce el acceso a la vacunación del COVID-19 a todas las personas de cualquier sistema sanitario público, incluidas las cubiertas por las mutualidades de funcionarios adscritos a entidades de seguro libre.
La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, que contiene normas aplicables a todo el sistema sanitario español y no solo a la sanidad pública, en su artículo 6 sobre Derecho a la igualdad, apartado 1, señala que “Todas las personas tienen derecho a que las actuaciones de salud pública se realicen en condiciones de igualdad sin que pueda producirse discriminación”.
La Ley16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, indica que la cartera de salud pública forma parte de la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, y que, de acuerdo con su artículo 8 bis, está cubierta de forma completa por financiación pública.
La DA Cuarta de la Ley 16/ 2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (Ley de Cohesión), establece que se exceptúan de la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud, en el ámbito de las Mutualidades, las actuaciones de vigilancia epidemiológica, y las acciones generales de protección y promoción de la salud relacionadas con la prevención y abordaje de las epidemias y catástrofes.
Por su parte, el artículo 11 de la citada Ley 16/2003, de 28 de mayo, en la regulación de la prestación de salud pública incluye “todas aquellas actuaciones singulares o medidas especiales que, en materia de salud pública, resulte preciso adoptar por las autoridades sanitarias de las distintas Administraciones públicas, dentro del ámbito de sus competencias, cuando circunstancias sanitarias de carácter extraordinario o situaciones de especial urgencia o necesidad así lo exijan y la evidencia científica disponible las justifique”; añadiendo en el apartado 3 del mismo artículo que “las prestaciones de salud pública se ejercerán con un carácter de integralidad, a partir de las estructuras de salud pública de las Administraciones y de la infraestructura de atención primaria del Sistema Nacional de Salud.”
ACTIVIDADES DE LA MUTUALIDAD
La Mutualidad durante el año 2021 y en la actualidad está trabajando y colaborando activamente con el Ministerio de Sanidad y las respectivas autoridades sanitarias territoriales para garantizar al acceso del colectivo mutualista a las vacunas COVID en términos de equidad, en el ámbito de esta campaña integral..
Los mutualistas, por tanto, serán citados por los servicios públicos de salud, según las pautas que marque cada uno de ellos para la cobertura de las fases marcadas en la estrategia nacional..
ASPECTOS LEGALES
En cuanto a la base normativa del derecho ciudadano, y de acuerdo con lo indicado por el Ministerio de Sanidad a todas las comunidades autónomas
El ordenamiento jurídico vigente reconoce el acceso a la vacunación del COVID-19 a todas las personas de cualquier sistema sanitario público, incluidas las cubiertas por las mutualidades de funcionarios adscritos a entidades de seguro libre.
La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, que contiene normas aplicables a todo el sistema sanitario español y no solo a la sanidad pública, en su artículo 6 sobre Derecho a la igualdad, apartado 1, señala que “Todas las personas tienen derecho a que las actuaciones de salud pública se realicen en condiciones de igualdad sin que pueda producirse discriminación”.
La Ley16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, indica que la cartera de salud pública forma parte de la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, y que, de acuerdo con su artículo 8 bis, está cubierta de forma completa por financiación pública.
La DA Cuarta de la Ley 16/ 2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (Ley de Cohesión), establece que se exceptúan de la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud, en el ámbito de las Mutualidades, las actuaciones de vigilancia epidemiológica, y las acciones generales de protección y promoción de la salud relacionadas con la prevención y abordaje de las epidemias y catástrofes.
Por su parte, el artículo 11 de la citada Ley 16/2003, de 28 de mayo, en la regulación de la prestación de salud pública incluye “todas aquellas actuaciones singulares o medidas especiales que, en materia de salud pública, resulte preciso adoptar por las autoridades sanitarias de las distintas Administraciones públicas, dentro del ámbito de sus competencias, cuando circunstancias sanitarias de carácter extraordinario o situaciones de especial urgencia o necesidad así lo exijan y la evidencia científica disponible las justifique”; añadiendo en el apartado 3 del mismo artículo que “las prestaciones de salud pública se ejercerán con un carácter de integralidad, a partir de las estructuras de salud pública de las Administraciones y de la infraestructura de atención primaria del Sistema Nacional de Salud.”
ACTIVIDADES DE LA MUTUALIDAD
La Mutualidad durante el año 2021 y en la actualidad está trabajando y colaborando activamente con el Ministerio de Sanidad y las respectivas autoridades sanitarias territoriales para garantizar al acceso del colectivo mutualista a las vacunas COVID en términos de equidad, en el ámbito de esta campaña integral..
Los mutualistas, por tanto, serán citados por los servicios públicos de salud, según las pautas que marque cada uno de ellos para la cobertura de las fases marcadas en la estrategia nacional..