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Ayudas para estancias temporales en residencias asistidas o en centros de día y de noche
Tipo de prestación
Ayudas de protección sociosanitaria.
¿De qué se trata?
Las ayudas tienen como finalidad contribuir a sufragar los gastos derivados de estancias temporales en residencias asistidas y centros de día y de noche.
Cuantía
La cuantía mensual máxima, en función de la capacidad económica se sitúa entre 908 y 650 euros/mes, con un límite de tres meses en el año 2026.
Las ayudas se configuran como reintegro de gastos y se concederán en función de la duración debidamente acreditada de la estancia en los centros específicos.
La cuantía tendrá como límite el gasto realizado, si el mismo ha sido inferior.
Quiénes se pueden beneficiar de la ayuda
Mutualistas o personas beneficiarias de MUFACE que padezcan una pérdida transitoria de autonomía acreditada y no puedan ser atendidos/as en su domicilio durante todo o parte del día.
Plazo de presentación
Las solicitudes pueden presentarse hasta el 31 de diciembre de 2026, inclusive.
Lugar de presentación
Sede electrónica de MUFACE, todos los días del año, las 24 horas del día, sin necesidad de acudir a nuestras oficinas. Es necesario certificado electrónico en vigor, DNI electrónico (DNI-e) o identificación digital Cl@ve.
Registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Entre ellos, las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
Resolución de 21 de abril de 2026 , de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), por la que se convoca la concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2026 (BOE del 28 de abril de 2026).