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Dispensación en hospitales y centros con cargo a la Mutualidad
Tipo de prestación
Farmacéutica
¿De qué se trata?
Comprende los tratamientos con medicamentos destinados a pacientes ambulantes que, sin tener la calificación de uso hospitalario, están sometidos a reservas singulares en el ámbito del Sistema Nacional de Salud consistentes en limitar su dispensación a los servicios de farmacia de los hospitales y para su administración no requieren la participación de especialistas.
El colectivo mutualista adscrito a los Servicios Públicos de Salud recibirá estas prestaciones gratuitas conforme a los procedimientos establecidos en cada Servicio de Salud.
Cuantía
Los medicamentos y productos dispensados en Servicios de Farmacia Hospitalaria están exentos de aportación económica por parte del paciente.
Quienes pueden beneficiarse de esta prestación
Todo el colectivo mutualista (titulares y personas beneficiarias) independientemente de su adscripción a una Entidad pública o privada.