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Incapacidad temporal y Riesgo durante el embarazo
Incapacidad temporal (IT) y riesgo durante el embarazo y la lactancia natural (REL)
AVISOS:
Se ha publicado una nueva norma sobre la incapacidad temporal que afecta a los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social, según la cual se elimina la copia del parte de baja para la empresa. Esta norma, y su orden de desarrollo, no se aplican a los funcionarios de MUFACE, aunque reciban la asistencia sanitaria a través de los servicios públicos de salud. Por tanto los médicos seguirán expidiendo las dos copias del modelo de parte de MUFACE, y los mutualistas presentando en su unidad de personal la destinada a la Administración.
Requisitos para estar en IT
Padecer un proceso patológico por enfermedad o accidente, común o profesional, que impida temporalmente prestar servicios.
Recibir asistencia sanitaria para recuperarse prestada por MUFACE.
Obtener la licencia por enfermedad que otorga el órgano de personal.
Los partes de IT
Justifican la ausencia al puesto de trabajo por causa de una enfermedad que impide temporalmente la prestación del servicio.
Demuestran que se recibe asistencia sanitaria para recuperarse de la enfermedad.
Se expiden por duplicado, un ejemplar para la persona mutualista y otro para la Administración.
Cuando la persona mutualista los presenta en su unidad de personal está solicitando la licencia por enfermedad, documento con el que el organismo concede la IT.
El modelo oficial puede obtenerlo al final de esta página. No son válidos modelos anteriores a 2019 ni los antiguos talonarios de partes autocopiativos.
Hay dos tipos: el parte de IT y el parte para las situaciones de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural.
No hay parte específico de enfermedad profesional o accidente en acto de servicio.
Es muy importante completar su información ya que es el asesoramiento que necesita el órgano de personal para conceder la licencia e iniciar la IT:
Fechas claras y consecutivas en los partes de confirmación.
Especificar si el nuevo proceso es recaída de otro anterior.
Datos completos, de mutualista y persona facultativa.
El código CIE-10 de diagnóstico.
No se admiten CIE-10 de procedimiento. En este caso, se debe indicar el CIE-10 de diagnóstico y señalar la opción en el apartado adicional del parte.
Duración probable estimada del proceso completo (no de cada parte).
Limitaciones de la capacidad funcional.
El parte de confirmación nº 1 se suele expedir a los 15 días del inicial, salvo procesos necesariamente más cortos o para los que se recomiende, para mejor atención médica, ampliar la expedición entre un parte y otro hasta máximo de 30 días.
Si la situación de IT alcanza el mes 10º o 16º es preciso que el personal médico rellene el apartado correspondiente al informe adicional de ratificación.
Situación de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia natural
Situación de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia natural
Para encontrarse en una de estas situaciones es preciso obtener del órgano de personal una licencia específica de riesgo durante el embarazo o la lactancia natural, en virtud del parte específico para estas situaciones que expide el personal médico que atiende a la mutualista.
El órgano de personal ejecuta el procedimiento por el que se determina que el puesto de trabajo supone un riesgo para la funcionaria, el feto o el bebé lactante, y no es posible al cambio a otro puesto.
Se diferenciará entre la situación de riesgo durante el embarazo y la situación de IT relacionada con el embarazo o embarazo de riesgo.
El parte para las situaciones de riesgo durante el embarazo o la lactancia natural
El parte para las situaciones de riesgo, distinto del parte de IT, figura codificado por defecto como REL, es decir, no lleva código CIE - 10 de diagnóstico, pues una situación de riesgo no es una situación de baja por enfermedad o accidente.
Este parte especial constituye un informe médico para el órgano de personal en el que se indica el estado de embarazo de la mutualista y la fecha probable del parto, o el estado de lactancia natural y la fecha de nacimiento del hijo. Con este parte, el órgano de personal inicia el procedimiento para determinar si hay riesgo para la mutualista, el feto o el bebé lactante, y si es o no posible cambiar de puesto a la mutualista. En caso negativo, concederá la licencia por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Este parte para las situaciones REL no es el que debe rellenarse si la situación es de IT relacionada con el embarazo o embarazo de riesgo. En este caso el parte es el específico para las situaciones de IT.
Los partes REL se expiden inicialmente por tres meses.
Si la situación de riesgo supera los 90 días, los partes REL se expedirán como máximo por 30 días.
La prestación durante la situación de IT o de REL
A partir del día 91 en situación de IT o REL, se genera el derecho a percibir el subsidio que abona MUFACE:
Orden PRE/1744/2010, de 30 de junio, por la que se regula el procedimiento de reconocimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.