Los funcionarios mutualistas de MUFACE, tanto los obligatorios como los voluntarios, están obligados a cotizar a la mutualidad, a su régimen General o al Singular, según los casos. El régimen de cotizaciones de unos y otros se detalla en el apartado “Régimen de cotizaciones”.
VEA AQUÍ NUESTRAS PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE COTIZACIONES.