Puedes contactar con MUFACE a través del siguiente formulario de contacto.
Ayudas para personas con enfermedad celiaca
Tipo de prestación
Ayudas de protección sociosanitaria.
¿De qué se trata?
Las ayudas tienen como finalidad contribuir a sufragar los gastos derivados de la compra de los productos alimenticios elaborados, tratados o preparados especialmente para responder a las necesidades nutricionales particulares de personas con enfermedad celíaca.
Cuantía
Cuantía anual de 400 euros.
La cuantía podrá ser prorrateada en los supuestos a que se refiere el epígrafe 7.2 de la resolución de convocatoria para 2026.
Quiénes se pueden beneficiar de la ayuda
Mutualistas o personas beneficiarias de MUFACE que padezcan la enfermedad celíaca debidamente acreditada.
Plazo de presentación
Las solicitudes pueden presentarse hasta el 31 de diciembre de 2026, inclusive.
Lugar de presentación
Sede electrónica de MUFACE, todos los días del año, las 24 horas del día, sin necesidad de acudir a nuestras oficinas. Es necesario certificado electrónico en vigor, DNI electrónico (DNI-e) o identificación digital Cl@ve.
Registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Entre ellos, las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
La falta de comunicación al pagador de las circunstancias personales, o de su variación, determinará que se aplique el tipo de retención correspondiente, sin tener en cuenta dichas circunstancias (Art. 88.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Resolución de 21 de abril de 2026 , de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), por la que se convoca la concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2026 (BOE del 28 de abril de 2026).