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Cambio de entidad sanitaria
1. Cambio ordinario en enero y junio
Los mutualistas tienen derecho a la libre elección para la prestación de asistencia sanitaria entre el sistema sanitario público de comunidades y ciudades autónomas y las entidades de asistencia sanitaria concertada.
Se puede efectuar el cambio entre entidades concertadas, así como de una entidad concertada al Sistema Público de Salud o viceversa.
Es importante recordar que:
Solo se admitirá una solicitud de cambio en cada periodo ordinario. Si no se formula solicitud de cambio ordinario se mantendrá la adscripción a la misma entidad.
El efecto de realizar un cambio voluntario de entidad es inmediato, de modo que, el día siguiente al del cambio, sus datos y los de sus beneficiarios, en su caso, se habrán volcado ya en la nueva entidad de adscripción, con la consiguiente baja en la anterior entidad, por lo que no podrá volver a utilizar sus servicios en modo alguno. Esta inmediatez ha de tenerse especialmente en cuenta si se está siguiendo algún tratamiento médico u hospitalario, ya que realizar el cambio supondrá la interrupción así mismo inmediata de dicho tratamiento o seguimiento. Por ello, si se encuentra en esta situación, le recomendamos que consulte previamente en su Servicio Provincial.
Procedimiento y canales de solicitud para el cambio ordinario
La solicitud de cambio de entidad deberá realizarse por sede electrónica o la App MUFACE móvil, o bien descargando el modelo de solicitud que se incluye en este apartado y enviándolo por correo postal o registro a su Servicio Provincial de adscripción. Le indicamos cómo hacerlo:
Enviando el impreso de solicitud por correo postal a su oficina provincial de MUFACE. Puede encontrar la dirección en el apartado Nuestras Oficinas.
También puede enviar el impreso de solicitud a través de los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluido el Registro Electrónico General (REG).
Si no pudiera acceder o utilizar estos medios debe solicitar cita previa en su oficina, aunque recomendamos encarecidamente la opción de la sede electrónica, del correo postal o del registro electrónico, habida cuenta de la saturación que se produce en algunos servicios provinciales.
2. Cambio fuera del periodo ordinario y cambio extraordinario al INSS (Servicios Públicos de Salud)
2.1. Cambio fuera del periodo ordinario
Fuera de los periodos ordinarios de enero y junio se podrá autorizar el cambio de Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria o de adscripción a los Servicios Públicos de Salud en varios supuestos tasados.
Aparte de los que derivan de variaciones de datos de Colectivo (relacionados con el cambio de destino o de domicilio) y que, por tanto, no obedecen a motivos de asistencia sanitaria, se trata de los casos siguientes:
Cuando se obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las Entidades afectadas. Este supuesto incluye el cambio a cualquier entidad de seguro desde la red sanitaria pública, pero no el caso contrario, que se regula en el epígrafe 2.2 siguiente.
Cuando la persona titular pase a quedar comprendida en el colectivo del Concierto en territorio nacional al extinguirse su derecho a quedar protegida por el Concierto de asistencia sanitaria en el Exterior, siempre y cuando dicha extinción no se deba a la pérdida de la condición de mutualista.
Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares a quienes afecte el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidad, incluidos, en su caso, los Servicios Públicos de Salud.
Procedimiento y canales de solicitud para el cambio fuera del periodo ordinario
Para estos cambios se podrán utilizar los mismos canales y el mismo impreso que para el cambio ordinario descrito en el apartado 1.
Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer dos años con la adscripción a los Servicios Públicos de Salud, en el caso de que se estime el cambio.
Procedimiento y canales de solicitud para el cambio extraordinario al INSS
La solicitud puede presentarse en su servicio provincial de MUFACE, con cita previa, o enviarse:
Por correo postal. Puede encontrar la dirección en el apartado Nuestras Oficinas.
También puede enviar el impreso de solicitud a través de los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluido el Registro Electrónico General (REG).
En el impreso de solicitud necesariamente debe marcarse la cuadrícula o cuadrículas correspondientes al motivo o motivos por los que se solicita el cambio y acompañarse de los documentos que los acrediten y justifiquen (y que se relacionan en el modelo).
Una vez elegido el tipo de asistencia, si acaba de producirse su afiliación a MUFACE o si ha cambiado de entidad en algún periodo ordinario (meses de enero y junio), podrá obtener un certificado de adscripción a entidad sanitaria en la sede electrónica, en la App MUFACE móvil o a través de Nuestras Oficinas.