La vacunación es una de las intervenciones más eficaces en términos de disminución de la morbilidad, discapacidad y mortalidad que producen las enfermedades infecciosas. Todo los años se aprueba en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) las modificaciones referentes al calendario de vacunación común para todas las edades de la vida. Posteriormente, todas las Comunidades Autónomas, conforme al calendario común aprobado por el Ministerio de Sanidad, establecen el calendario en cada una de ellas, pudiendo ampliar algún criterio de vacunación. En esencia, esto quiere decir que existe un marco común en todas las Comunidades Autónomas y que las vacunas han de dispensarse a todo el colectivo mutualista en cualquier lugar del territorio, sin excepción.
Regla general (no aplicable a la vacuna frente al COVID 19):
- Las personas mutualistas adscritas a la opción pública recibirán la vacunación en el correspondiente servicio público de salud, conforme al calendario que tenga establecida la Comunidad Autónoma donde resida.
- En lo que respecta al colectivo mutualista adscrito a entidades concertadas, recibirán sus vacunas en los centros de vacunación asignados de su entidad aseguradora, adecuándose siempre la vacunación al calendario establecido de su Comunidad Autónoma de residencia.
Debe tenerse en cuenta que, sin perjuicio de lo previsto en los correspondientes Convenios Rurales para la asistencia en municipios de menos de 20.000 habitantes que modifican esta regla, los Centros de Vacunación de las CCAA o Centros de Salud no están obligados a dispensar ni facilitar las vacunas a aquellos mutualistas que no estén adscritos al Servicio Autonómico de Salud correspondiente, salvo que así lo decida la propia comunidad autónoma. Son las entidades las obligadas, por el vigente Concierto de Asistencia Sanitaria, a facilitar y financiar las vacunas incluidas en el calendario de vacunación para todas las edades y las recomendaciones de vacunación en grupos de riesgo.
Asimismo, la entidad deberá gestionar la forma en que va a hacer efectiva esta vacunación, con sus medios o con los medios concertados de que dispongan, así como financiación de las mismas. Respecto a las vacunas de dispensación hospitalaria (otras vacunas de inmunización), entre aquí.
Para más información sobre vacunas o ante cualquier incidencia, contacte con su dirección provincial u oficina delegada (Nuestras Oficinas) , o consulte a través del formulario de la Oficina de información al mutualista, al que también puede acceder a través de la Aplicación para dispositivos móviles.