Cualquier persona que desee interponer ante MUFACE un recurso administrativo o reclamación por responsabilidad patrimonial deberá presentar el correspondiente escrito junto con la documentación anexa que proceda, en su caso, utilizando una de las vías siguientes:
- Ante el Registro Electrónico General, utilizando Cl@ve, Certificado digital o DNIe. Se trata del canal más rápido y evita desplazamientos. Vea las condiciones de uso.
- En cualquier registro administrativo de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.