Las personas mutualistas deben prestar la máxima atención al ejercicio de este derecho de opción, puesto que, salvo excepciones tasadas, su elección determina los medios asistenciales a los que deben acudir para recibir asistencia sanitaria. Recuerda que cada mes de enero y junio se permite cambiar la opción libremente.
Para facilitar la toma de esta decisión, la Mutualidad publica en su página web los enlaces a los catálogos que las entidades de seguro de asistencia sanitaria y a los servicios autonómicos de salud.