Según lo establecido en el Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Mutualidad General de Funcionarias y Funcionarios Civiles del Estado, O.A, en redacción dada por el Real Decreto 466/2026, de 10 de junio, vigente desde el 12 de junio de 2026, a la División de Coordinación Territorial, Atención a Mutualistas, Calidad y Explotación del Dato. le corresponde:
1.º La planificación, dirección y coordinación de las diversas direcciones provinciales de MUFACE en el territorio.
2.º La gestión del colectivo de la Mutualidad, así como garantizar la correcta comunicación a mutualistas a través de la Oficina de Información a Mutualistas.
3.º El desarrollo y la implantación de modelos de gestión de calidad en el ámbito de competencias de la Mutualidad.
4.º El desarrollo de las funciones estadísticas derivadas de las competencias de la Dirección General, siguiendo las directrices, planes y programas aprobados en el marco normativo vigente.